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Contrato Informático
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Quinta. Procedimiento
de instalación. El proveedor llevará a cabo la instalación a que se refiere
este contrato en el equipo de cómputo designado por el cliente, y el efecto se conviene
lo siguiente:
- El proveedor conducirá una sesión de planeación para la
instalación del sistema con el cliente en el lugar donde se encuentre instalado el
equipo, según acuerden las partes. En esta sesión, ambas partes determinarán los
procedimientos, la capacitación necesaria y las personas que asistirán a la misma.
- La capacitación no incluye impartir conocimientos de la operación
del equipo ni del sistema operativo. Si esto fuera necesario, sería motivo de una
cotización especial, independiente del presente contrato.
- La capacitación total del sistema quedará completada en un plazo
que no excederá del número de sesiones u horas, según se detalla en el Anexo C.
- El cliente será responsable de las siguientes actividades:
- Introducir todos los datos necesarios en el equipo de cómputo, en la
inteligencia de la que será responsabilidad del cliente asegurarse de la integridad y
veracidad de los mismos, así como de la obtención de las copias de respaldo necesarias.
- Designar al personal del cliente se verá involucrado en el manejo de
la operación del System, y que estará disponible para asistir a los cursos de
capacitación requeridos, los que se programarán de común acuerdo.
Ambas partes convienen en hacer juntas de avance con
la periocidad necesaria, en las cuales se deberá levantar una minuta por escrito y será
firmada por los participantes.
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